"Cualquier católico, sea sacerdote, sea diácono, sea fiel laico, tiene derecho a exponer una queja por un abuso litúrgico, ante el Obispo diocesano o el Ordinario competente que se le equipara en derecho, o ante la Sede Apostólica, en virtud del primado del Romano Pontífice. Conviene, sin embargo, que, en cuanto sea posible, la reclamación o queja sea expuesta primero al Obispo diocesano. Pero esto se haga siempre con veracidad y caridad".
Nuestros viejos lectores de la edición papel, recordarán como desde nuestros primeros números y de manera constante, hemos dedicado parte importante de nuestro esfuerzo a la defensa de la dignidad de la liturgia católica, tan bastardeada en muchos casos, al punto de hacerla irreconocible.
De allí nuestra esperanza al leer la reciente instrucción que acaba de publicar la Santa Sede, que nos parece un paso necesario -aunque seguramente insuficiente- para detener los problemas derivados de las reformas litúrgicas posconciliares.
Ya en su encíclica "Ecclessia de Eucharistía" S.S. Juan Pablo II había anunciado la aparición de la presente Instrucción. Durante casi un año, los medios estuvieron expectantes hasta el viernes pasado, en que se dio a conocer el documento. La larga serie de abusos denunciados ante la Santa Sede, finalmente halló eco.
En la próxima edición ofreceremos a nuestros lectores una reflexión más de fondo sobre este importante texto, pero sí queremos aprovechar este espacio para un breve comentario.
Desde hace dos meses, nuestra página electrónica tiene un lugar invitando a los lectores a descubrir y denunciar esos abusos que muchas veces vuelven una verdadera penitencia para los fieles asistir a las "liturgias" de algunos lugares.
Algunos lectores nos han dicho que no les parecía "prudente" promover las denuncias, que incluso eso debía resolverlo sola y discretamente la autoridad competente. Felizmente Redemptionis Sacramentum, nos confirma que estábamos acertados al hacerlo. En varias partes el texto se refiere a ello. De allí se podría excogitar casi una "declaración de los derechos del feligrés" en la materia. Veamos:
a) El derecho de los fieles a una liturgia católica
Por otra parte, todos los fieles cristianos gozan del derecho de celebrar una liturgia verdadera, y especialmente la celebración de la santa Misa, que sea tal como la Iglesia ha querido y establecido, como está prescrito en los libros litúrgicos y en las otras leyes y normas. Además, el pueblo católico tiene derecho a que se celebre por él, de forma íntegra, el santo sacrificio de la Misa, conforme a toda la enseñanza del Magisterio de la Iglesia. Finalmente, la comunidad católica tiene derecho a que de tal modo se realice para ella la celebración de la santísima Eucaristía, que aparezca verdaderamente como sacramento de unidad, excluyendo absolutamente todos los defectos y gestos que puedan manifestar divisiones y facciones en la Iglesia Nº 12
b) Derecho a la no "privatización" de la liturgia
Los fieles tienen derecho a que la autoridad eclesiástica regule la sagrada Liturgia de forma plena y eficaz, para que nunca sea considerada la liturgia como «propiedad privada de alguien, ni del celebrante ni de la comunidad en que se celebran los Misterios».]]>![cdata[ [38] ]]>![cdata[ Nº 18
c) Derecho a que el Obispo vigile lo que pasa en cada templo
El pueblo cristiano, por su parte, tiene derecho a que el Obispo diocesano vigile para que no se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica, especialmente en el ministerio de la palabra, en la celebración de los sacramentos y sacramentales, en el culto a Dios y a los santos.]]>![cdata[ [57] ]]>![cdata[ Nº 24
d) Derecho a la música sagrada
Es un derecho de la comunidad de fieles que, sobre todo en la celebración dominical, haya una música sacra adecuada e idónea, según costumbre, y siempre el altar, los paramentos y los paños sagrados, según las normas, resplandezcan por su dignidad, nobleza y limpieza. [57.]
e) Derecho a que la liturgia sea adecuadamente preparada
Igualmente, todos los fieles tienen derecho a que la celebración de la Eucaristía sea preparada diligentemente en todas sus partes, para que en ella sea proclamada y explicada con dignidad y eficacia la palabra de Dios… la facultad de seleccionar los textos litúrgicos y los ritos debe ser ejercida con cuidado, según las normas, y las letras de los cantos de la celebración Litúrgica custodien y alimenten debidamente la fe de los fieles. [58.]
Cese la práctica reprobable de que sacerdotes, o diáconos, o bien fieles laicos, cambian y varían a su propio arbitrio, aquí o allí, los textos de la sagrada Liturgia que ellos pronuncian. Cuando hacen esto, convierten en inestable la celebración de la sagrada Liturgia y no raramente adulteran el sentido auténtico de la Liturgia. [59.]
f) Derecho a quejarse de los abusos litúrgicos
[184.] Cualquier católico, sea sacerdote, sea diácono, sea fiel laico, tiene derecho a exponer una queja por un abuso litúrgico, ante el Obispo diocesano o el Ordinario competente que se le equipara en derecho, o ante la Sede Apostólica, en virtud del primado del Romano Pontífice.]]>![cdata[ [290] ]]>